martes, 28 de septiembre de 2010

Boletín de legislación de julio 2010


Europea:
Reglamento (UE) nº 574/2010 de la Comisión, de 30 de junio de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 1126/2008 por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) 1 y (NIIF) 7. DOUE 166 de 01/07/2010
Directiva 2010/42/UE de la Comisión de 1 de julio de 2010 por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas disposiciones relativas a las fusiones de fondos, las estructuras de tipo principal-subordinado y el procedimiento de notificación. DOUE 176 de 10/07/2010
Reglamento (UE) nº 583/2010 de la Comisión de 1 de julio de 2010 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los datos fundamentales para el inversor y a las condiciones que deben cumplirse al facilitarse esos datos o el folleto en un soporte duradero distinto del papel o a través de un sitio web. DOUE 176 de 10/07/2010
Reglamento (UE) nº 584/2010 de la Comisión de 1 de julio de 2010 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la forma y el contenido del escrito de notificación y el certificado del OICVM normalizados, el uso de la comunicación electrónica entre las autoridades competentes a efectos de notificación, los procedimientos para las verificaciones in situ y las investigaciones y el intercambio de información entre las autoridades competentes. DOUE 176 de 10/07/2010
Directiva 2010/43/UE de la Comisión de 1 de julio de 2010 por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los requisitos de organización, los conflictos de intereses, la conducta empresarial, la gestión de riesgos y el contenido de los acuerdos celebrados entre depositarios y sociedades de gestión. DOUE 176 de 10/07/2010
Corrección de errores de la Directiva 2010/42/UE de la Comisión, de 1 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas disposiciones relativas a las fusiones de fondos, las estructuras de tipo principal-subordinado y el procedimiento de notificación. DOUE 179 de 14/07/2010
Reglamento (UE) nº 633/2010 de la Comisión, de 19 de julio de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 1126/2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Interpretación nº 14 del Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF). DOUE 186 de 20/07/2010
Reglamento (UE) nº 662/2010 de la Comisión, de 23 de julio de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 1126/2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Interpretación nº 19 del Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) y a la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 1. DOUE 193 de 24/07/2010
Directiva 2010/45/UE del Consejo, de 13 de julio de 2010, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta a las normas de facturación. DOUE 189 de 22/07/2010
Reglamento (UE) nº 632/2010 de la Comisión, de 19 de julio de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 1126/2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 24 y a la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 8. DOUE 186 de 20/07/2010
Decisión 2010/404/PESC del Consejo, de 14 de junio de 2010, relativa a la firma y celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein sobre procedimientos de seguridad para el intercambio de información clasificada. DOUE 187 de 21/07/2010
Corrección de errores de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo. DOUE 199 de 31/07/2010
Nacional:
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. BOE 161 de 03/07/2010
Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio, por la que se regula el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. BOE 159 de 01/07/2010
Ley 12/2010, de 30 de junio, por la que se modifica la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores y el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, para su adaptación a la normativa comunitaria. BOE 159 de 01/07/2010
Corrección de errores del Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional. BOE 159 de 01/07/2010
Corrección de errores de la Orden EHA/1665/2010, de 11 de junio, por la que se desarrollan los artículos 71 y 76 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en materia de tarifas y contratos-tipo. BOE 166 de 09/07/2010
Resolución de 1 de julio de 2010, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo 522 Parte trimestral de productos a que se refiere el artículo 108 ter del Reglamento de los Impuestos Especiales y se establecen el plazo y el procedimiento para su presentación. BOE 166 de 09/07/2010
Orden TIN/1827/2010, de 6 de julio, por la que se desarrolla, en relación con los acuerdos colectivos de empresa sobre jubilación parcial, lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. BOE 165 de 08/07/2010
Orden EHA/1803/2010, de 5 de julio, por la que se establecen obligaciones en cuanto a la remisión por medios electrónicos de la documentación estadístico-contable de las entidades aseguradoras y de las entidades gestoras de fondos de pensiones y por la que se modifica la Orden EHA/1928/2009, de 10 de julio, por la que se aprueban los modelos de la documentación estadística-contable anual, trimestral y consolidada a remitir por las entidades aseguradoras, y por la que se modifica la Orden EHA/339/2007, de 16 de febrero, por la que se desarrollan determinados preceptos de la normativa reguladora de los seguros privados. BOE 163 de 06/07/2010
Real Decreto 897/2010, de 9 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, en materia de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas. BOE 167 de 10/07/2010
Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo. BOE 163 de 06/07/2010
Real Decreto 862/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1226/2006, de 27 de octubre, en el que se regulan las actividades y el funcionamiento del fondo para inversiones en el exterior y el fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa. BOE 171 de 15/07/2010
Resolución de 29 de junio 2010, de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, por la que se dispone el abono de la subvención de los fondos procedentes de la modulación que se concede a las organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de las cooperativas de ámbito estatal. BOE 172 de 16/07/2010
Real Decreto 867/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 432/2000, de 31 de marzo, por el que se regula el cómputo en el Régimen de Clases Pasivas del Estado de los períodos reconocidos como cotizados a la Seguridad Social en favor de los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica, secularizados. BOE 170 de 14/07/2010
Corrección de errores del Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. BOE 173 de 17/07/2010
Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. BOE 169 de 13/07/2010
Circular 3/2010, de 29 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito, de modificación de la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros. BOE 169 de 13/07/2010
Resolución de 2 de julio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se habilita el recinto aduanero del Aeropuerto de Castellón declarado de interés general del Estado. BOE 176 de 21/07/2010
Corrección de errores de la Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio, por la que se regula el procedimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. BOE 175 de 20/07/2010
Resolución de 9 de julio de 2010, de la Dirección General de Tráfico, sobre comunicación informática al Registro de Vehículos del impago de la deuda correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. BOE 178 de 23/07/2010
Real Decreto 904/2010, de 9 de julio, por el que se desarrollan medidas fiscales y de Seguridad Social para atender los compromisos derivados de la organización y celebración de la 33ª edición de la Copa del América en la ciudad de Valencia. BOE 175 de 20/07/2010
Conflicto positivo de competencia n.º 5045-2010, en relación con la Orden ITC/404/2010, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la implantación y desarrollo de la responsabilidad social en las pequeñas y medianas empresas: iniciativa RSE-PYME y Resolución del 22 de marzo, de la Secretaria General de Industria, por la que se efectúa, para el año 2010, la convocatoria de ayudas. BOE 178 de 23/07/2010
Resolución de 21 de julio de 2010, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. BOE 182 de 28/07/2010
Acuerdo de 22 de julio de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se dispone que el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Oviedo, se constituirá en Gijón, para despachar los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Gijón, Avilés y Villaviciosa. BOE 185 de 31/07/2010
Orden EDU/1999/2010, de 13 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Gestión Administrativa. BOE 180 de 26/07/2010
Comunidades Autónomas:
Andalucía
Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. BOE 174 de 19/07/2010
Ley 18/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Aragón
Ley 24/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Asturias
Ley 19/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Canarias
Ley 26/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Cantabria
Ley 20/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Castilla La Mancha
Ley 1/2010, de 11 de marzo, de regulación de la tasa para la concesión de la etiqueta ecológica en Castilla-La Mancha. BOE 178 de 23/07/2010
Ley 25/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Castilla y León
Ley 30/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad de Castilla y León y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Cataluña
Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. BOE 165 de 08/07/2010
Ley 16/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Cataluña y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Extremadura
Ley 27/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Galicia
Ley 17/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Islas Baleares
Ley 6/2010, de 17 de junio, por la que se adoptan medidas urgentes para la reducción del déficit público. BOE 163 de 06/07/2010
Ley 28/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
La Rioja
Ley 21/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Madrid
Ley 29/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad de Madrid y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Murcia
Ley 22/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010
Valencia
Ley 23/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunitat Valenciana y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. BOE 173 de 17/07/2010

lunes, 27 de septiembre de 2010

Conference in Norway to Convene Experts for High-Level Event on Tax Havens, Development, Global Financial System



Task Force Logo
MEDIA ADVISORY:
Interview, Background Opportunity
September 27, 2010
   

Conference in Norway to Convene Experts for High-Level Event on Tax Havens, Development, Global Financial System

Sept 28-29 Event in Bergen, Norway Brings Together Top State Officials, Policy Makers, Academics, NGOs
When: Sept 28-29, 2010
Venue: Radisson Blu Hotel Norge
Where: Bergen, Norway
Live Stream: Available Here
Conference Web-page: Here
Bergen, Norway-High-level government officials, policymakers, NGO groups, and academics convene in Bergen, Norway for the second annual Task Force on Financial Integrity and Economic Development conference starting tomorrow, Tuesday September 28th.
Running through Wednesday, September 29th, the Task Force conference will focus on global finance and economic development issues with the goal of developing recommendations for achieving greater transparency in the global financial system.

Some key conference speakers to note:
  • The Honorable José Rafael Espada, Vice President of Guatemala;
  • The Honorable Eva Joly, Member of the European Parliament, potential 2012 French presidential candidate;
  • Erik Solheim, Norwegian Minister of the Environment and International Development;
  • Luis Urrutia Corral, President of the Financial Action Task Force;
  • Gunnar Stølsvik, Norwegian Ministry of Fisheries and Coastal Affairs;
  • Dr. Léonce Ndikumana, African Development Bank;
  • Jack Blum, financial crimes expert.
Topics of Discussion include (but are not limited to):
  • Corruption in developing countries;
  • Money laundering;
  • Tax evasion, tax havens and secrecy jurisdictions;
  • Millennium Development Goals;
  • Capital flight;
  • The G-20 process of financial reform, anti-corruption and development initiatives;
  • Disclosure beneficial ownership;
  • Country-by-country reporting;
  • Automatic exchange of tax information between countries;
  • Trade mispricing.
Access to conference materials including:
  • Live web stream broadcast of conference speakers, panels, and break-out sessions;
  • Transcripts from keynote speakers;
  • Press releases, statements, tip sheets, blogs and tweets on conference proceedings;
  • Phone conferencing for one-on-one interviews with conference participants;
  • On-site Mult-Box, press credentialing, and reserved press seating with free wireless access.
To request more information, register to attend or set-up an interview, contact Monique Perry Danziger.

Nota aclaratoria sobre el ajuste normativo para evitar diferimientos de tributación por los accionistas de las sicav. AJUSTE NORMATIVO PARA EVITAR DIFERIMIENTOS DE TRIBUTACIÓN POR LOS ACCIONISTAS DE LAS SICAV (IRPF / IS)

Cuando se producen devoluciones de aportaciones a los accionistas de las SICAV, como regla general, dichas devoluciones no tienen la consideración de rendimientos de capital mobiliario para el accionista, sino que simplemente se ajusta el valor de las acciones a efectos de su tributación futura cuando se transmitan, lo que supone su diferimiento de tributación, ventajoso en términos comparativos respecto de otras formas de inversión. Por razones de neutralidad, se modifican las leyes del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades para impedir estos diferimientos del pago de impuestos.


EXPLICACIONES ADICIONALES:
Las SICAV son instituciones de inversión colectiva y, como tales, ofrecen a sus accionistas una fórmula de inversión alternativa a la inversión directa. Es decir, el accionista acude a una institución especializada para que gestione sus inversiones en lugar de efectuar éstas a título personal.
Las normas fiscales intentan conseguir la mayor neutralidad posible para que la tributación derivada de la utilización de vehículos como las instituciones de inversión colectiva (incluidas las SICAV) sea equivalente a la que se produciría si el contribuyente obtuviese rentas derivadas de sus inversiones directas (que tributarían como renta del ahorro al 19% – 21%). Por este motivo, cuando el contribuyente obtiene rentas derivadas de su condición de accionista o partícipe de instituciones de inversión colectiva (incluidas las SICAV), dichas rentas también tributan como renta del ahorro al 19% - 21%. Además, las instituciones de inversión colectiva, también las SICAV, están sometidas en el Impuesto sobre Sociedades al tipo del 1%.
En coherencia con lo anterior, los partícipes y accionistas de las instituciones de inversión colectiva tributan en el IRPF (renta del ahorro) cuando obtienen reembolsos o dividendos por su participación en dichas instituciones o cuando transmiten sus acciones o participaciones en las mismas.
Sin embargo, en el caso de las SICAV se ha observado que cuando estas entidades han logrado acumular reservas procedentes de beneficios que han  tributado al tipo correspondiente del 1% se están produciendo retornos a los accionistas vía devolución de las aportaciones que realizaron en concepto de capital o de prima de emisión. Estos retornos no tributan en el momento que se producen, ya que tales devoluciones simplemente constituyen un ajuste en el valor de adquisición de las acciones que se tendrá en cuenta a efectos de la determinación futura de la existencia de ganancias o pérdidas patrimoniales si tales acciones fueran transmitidas.
Esto es así porque las SICAV son sociedades (los Fondos de Inversión no lo son) y el mecanismo de ‘devolución de aportaciones’ que utilizan las SICAV es común a todo tipo de sociedades. Sin embargo, si las acciones no se venden en un largo período de tiempo, la tributación del accionista en el IRPF se difiere indefinidamente, resultando que, en la práctica, la tributación acumulada socio – sociedad es casi inexistente. Cabe resaltar aquí que, en las demás sociedades, la devolución de aportaciones se produce como consecuencia de la acumulación de reservas que ya han tributado al 30%, como regla general, y no al 1% como es el caso de las SICAV.
En consecuencia, se ha detectado una fórmula de diferimiento de tributación en las SICAV que rompe la neutralidad de la norma fiscal ante las diferentes formas de inversión que pueden utilizar los contribuyentes, ya que no es posible utilizarla en los casos de inversión directa o cuando se utilizan Fondos de Inversión (que no son sociedades). Además, como se expuso en el punto anterior, los efectos del diferimiento de tributación en sede del socio no son comparables cuando se trata de una SICAV, que en el IS tributa al 1%, que cuando nos encontramos con otro tipo de sociedades, que tributan al 30% como regla general.
Técnicamente, la medida antidiferimiento se articula como una modificación en la Ley del IRPF que somete a gravamen, como rendimiento de capital mobiliario, las devoluciones de aportaciones a los socios (también cuando se utilizan primas de emisión de acciones con el mismo propósito). En el IS se establece una medida equivalente.
Esta medida es de aplicación no solo a los contribuyentes del IRPF y del IS que sean accionistas de SICAV españolas sino también a quienes lo sean de entidades equivalentes fuera de nuestras fronteras.

Fuente: minhac.es

domingo, 26 de septiembre de 2010

Comentarios de los expertos al proyecto de la OCDE sobre los precios de transferencia de los intangibles

La OCDE está realizando un  proceso de revisión de los aspectos relacionados con los intangibles de sus Directrices sobre precios de transferencia (Capítulos VI y VIII).Para ello, solicitó a la comunidad internacional de expertos que propusieran los aspectos que deberían tratarse en dicha revisión.
En un ejemplo de transparencia del que deberían tomar nota los gobiernos de algunos países (y no miro a nadie), la OCDE ha publicado en su web las propuestas de cada firma de asesoría, empresa multinacional o asociación profesional.

Las posiciones de cada entidad pueden consultarse en los siguientes enlaces:



sábado, 25 de septiembre de 2010

Más impuestos para los profesionales liberales y las Sicav


Las rentas plurianuales sólo podrán reducir el 40% en los rendimientos inferiores a 300.000 euros. Hacienda ciega la vía de las devoluciones de capital a las sicav para diferir la tributación.
El Gobierno ha consumado la decisión de subir los impuestos a las rentas altas y lo ha hecho con algo más que el "retoque" anunciado por la vicepresidenta segunda, Elena Salgado, en días pasados, porque no se ha limitado a elevar la imposición para las rentas superiores a los 120.000, sino que ha creado un tramo más en la tarifa para renta de 175.000 euros en adelante; ha cegado alguna vía de escape para los titulares de las Sociedades de Inversión Colectiva de Capital Variable (Sicav) y ha elevado la imposición de las rentas plurianuales al establecer un límite a la reducción del 40 por ciento que disfrutan.
Como contrapartida, ciertamente limitada, prolongará algunos beneficios fiscales a las pymes incluidas en el capítulo de entidades de reducida dimensión. Y todo ello, con el magro resultado recaudatorio de unos 300 millones, según la ministra de Economía y Hacienda

Las sorpresas

Las dos medidas no esperadas son las referidas a las retribuciones plurianuales y a las Sicav. En cuanto a las primeras, la reducción del 40 por ciento actualmente vigente se limita a los primeros 300.000 euros, por lo tanto, lo que excede esta cantidad no podrá aplicarse reducción alguna.
En cuanto a las Sicav, la medida adoptada para cortar las ventajas del diferimiento de tributación se incluye en la Ley del IRPF y somete a gravamen como rendimiento de capital mobiliario las devoluciones de aportaciones a los socios o cuando se reintegran primas de emisión de acciones con el mismo propósito. La misma disposición se arbitra para el Impuesto sobre Sociedades.
Hacienda había detectado que, cuando estas entidades de inversión colectiva acumulaban reservas procedentes de beneficios que habían tributado al tipo correspondiente del 1 por ciento, devolvían a los socios las aportaciones que hicieron como capital o de prima de emisión y estas devoluciones no tributaban, ya que se consideraba que constituían un ajuste en el valor de adquisición de las acciones, que sólo se tendría en cuenta a los efectos de determinar la existencia de ganancias o pérdidas patrimoniales, en el momento de que esas participaciones fueran transmitidas.
Es una ventaja de la que no disponen otras formas de inversión como la directa o la realizada a través de fondos de inversión, lo que se evitará con la medida.
Fuente: eleconomista.es

El Ejecutivo pone fin a los subterfugios que utilizan las Sicav para pagar menos


El Gobierno ha reiterado una y otra vez que no tocaría la tributación de las Sociedades de inversión de capital variable (Sicav). Y en la teoría no lo ha hecho, pero sí ha introducido precisiones en la legislación que implicarán repercusiones prácticas para aquellos inversores que depositen su dinero en estos vehículos. Eliminará el diferimiento de la tributación: todas las plusvalías, sin excepción, retiradas de estas sociedades se declararán en el tramo del ahorro, que supone un pago del 19% para los 6.000 primeros euros y el 21% para las ganancias superiores.
Hasta ahora, muchas Sicav habían utilizado un subterfugio legal para sacar el dinero pagando menos: reducir capital (que no puede ser inferior a 2,4 millones de euros). De esta forma, los inversores retiran liquidez de la sociedad, pero las potenciales plusvalías no tienen la consideración de ganancia patrimonial y no están sometidas, por tanto, a la tributación del ahorro. Sólo pagan el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que oscila entre el 0,5% y el 1%, en función de la comunidad autónoma, explican desde el departamento de banca privada de una entidad internacional. "Hacienda había detectado este atajo y ahora se ha corregido", añade un portavoz del ministerio.
Si se retiran las plusvalías por el procedimiento clásico -un reembolso en el que la Sicav compra las acciones a sus accionistas a cambio de dinero, como ocurre en los fondos de inversión de toda la vida- sí tendrían consideración de ganancia patrimonial.
La fórmula de reducir capital ha sido muy empleada desde que estalló la crisis crediticia. Así lo han hecho Sicav controladas por Amancio Ortega (en Keblar de Inversiones y Alazán de Inversiones 2001), la familia Del Pino (Keeper Inversiones) o los Sanahuja (Cartera Cresa).
En todo caso, las Sicav, como sociedades, mantendrán sus prebendas fiscales, exactamente iguales a las que disfrutan los fondos de inversión. En lugar de tributar al 30% en el impuesto de sociedades, lo hacen al 1%. El requisito para disfrutar de este privilegio es que la Sicav en cuestión cuente con un mínimo de 100 accionistas. La pega radica en que, en la práctica, el concepto de inversión colectiva desaparece, pues esos supuestos accionistas no son más, en un gran número de casos, que hombres de paja colocados por el banco, que ha diseñado la Sicav para un único inversor.
Al cierre de mayo, el número de Sicav registradas en la CNMV se situaba en 3.201, con un patrimonio conjunto de 26.471 millones de euros, según las últimas estadísticas.
Fuente: cincodias.com

viernes, 24 de septiembre de 2010

Medidas fiscales en el proyecto de LPGE 2011


NUEVAS MEDIDAS FISCALES

  • Subida moderada del tipo marginal en la tarifa estatal del IRPF para los contribuyentes con bases liquidables generales superiores a 120.000€(del 21,5% al 22,5%) y a 175.000€(al 23,5%)
  • Modificación en el IRPF de la tributación de las retribuciones plurianuales: se establece un límite a los rendimientos a los que se puede aplicar la reducción del 40% (300.000€)
  • Medidas para evitar el diferimientode tributación de los accionistas de las SICAV (IRPF e IS)

MEDIDAS DE APOYO A LAS ENTIDADES DE REDUCIDA DIMENSIÓN

  • Se modifica la Ley del Impuesto sobre Sociedades para que las Entidades de Reducida dimensión que pierdan dicha condición por superar el límite de 8 millones de euros de cifra de negocios, puedan seguir aplicando el régimen especial de tributación del que se benefician.
  • Se modifica la Ley del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para declarar exentas de la modalidad operaciones societarias, las ampliaciones de capital que realicen en 2011 y 2012.





OTRAS MEDIDAS FISCALES

  • Se elimina la deducción por adquisición de vivienda habitual para los contribuyentes con base imponible ≥24.170,20€
  • Se equiparan los límites de la deducción por alquiler de vivienda a los de la deducción por adquisición de vivienda habitual
  • Se incrementa del 50% al 60% la reducción del rendimiento neto por arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda. Se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de aplicar la reducción del 100%.
Fuente: minhac.es



Aprobado el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011


  • Son unos Presupuestos que avanzan en la consolidación fiscal y sientan las bases para la reactivación de la economía.
  • El gasto no financiero se reduce un 7,9 por 100 en términos homogéneos para alcanzar el objetivo de reducir el déficit público hasta el 6 por 100 del PIB en 2011.
  • El esfuerzo de consolidación fiscal se traduce en una disminución del 16 por 100 en los créditos de los ministerios.
  • Los ingresos no financieros aumentan un 5,4 por 100 por la mejora de la actividad económica y las medidas adoptadas por el Gobierno.
  • Se eleva un punto el tipo del IRPF aplicable a las rentas superiores a 120.000 euros y dos puntos, a los contribuyentes con ingresos mayores de 175.000 euros.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2011, que da continuidad al esfuerzo de consolidación fiscal iniciado en las cuentas públicas de 2010 y reforzado después con diferentes medidas normativas en el transcurso de este año, y que garantiza el cumplimiento del objetivo de estabilidad del Estado, en el marco de la senda de consolidación fiscal aprobada en mayo para el conjunto de las Administraciones Públicas. Para lograrlo, el Estado cerrará el ejercicio de 2011 con un déficit del 2,3 por 100 del PIB en términos de Contabilidad nacional, lo que permitirá cumplir, con la contribución de las Administraciones territoriales y la Seguridad Social, el objetivo de déficit público del 6 por 100 del PIB que marca el Programa de Estabilidad para 2011.
Se trata, por tanto, de unos presupuestos austeros, que desarrollan el paquete de medidas de ajuste incluido en el Plan de Revisión del Gasto de la Administración General del Estado 2011-2013 aprobado en mayo pasado por el Gobierno y que están orientados a optimizar la eficiencia de cada euro público gastado.

Las cuentas públicas de 2011 pretenden, también, sentar las bases para una recuperación económica sólida y sostenible. Durante este año el Gobierno ha puesto en marcha un ambicioso programa de reformas estructurales con el doble objetivo de atacar las debilidades de nuestro sistema económico e impulsar un nuevo patrón de crecimiento productivo.

Reducción del Gasto

Los compromisos adquiridos por el Gobierno en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento establecen que el déficit público español debe reducirse al 3 por 100 del PIB en 2013, para lo que resulta indispensable rebajar hasta el 6 por 100 el desequilibrio de las cuentas públicas en 2011.
Para cumplir este horizonte de consolidación fiscal, los presupuestos de 2011 presentan una disminución del gasto no financiero del Estado del 7,9 por 100 respecto al de 2010 en términos homogéneos, es decir, sin contabilizar el importe de la financiación de las administraciones territoriales, cuya cuantía está condicionada por la plena entrada en vigor del nuevo modelo de financiación autonómica. Bajo estos parámetros, el límite de gasto no financiero del Estado queda establecido en 122.022 millones. Sumando las cantidades correspondientes al sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, la cifra se eleva a 150.056 millones de euros.
Este ajuste presupuestario materializa la primera fase del esfuerzo de austeridad que se recoge en el Plan de Revisión del Gasto de la Administración General del Estado 2011-2013, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 20 de mayo. Dentro de este marco, el Presupuesto de 2011 desarrolla, entre otras, medidas como la congelación de las retribuciones del personal al servicio del sector público, consolidando así la rebaja del 5 por 100 aplicada desde el pasado mes de junio; o la reducción de la oferta de empleo público, mediante la aplicación de una tasa de reposición del 10 por 100 sobre las vacantes generadas en la Administración.
Como consecuencia de éstas y otras medidas de ajuste, los gastos de funcionamiento del Estado (excluidos los gastos para procesos electorales) decrecerán un 6,7 por 100, mientras que los departamentos ministeriales verán reducidos sus créditos en un 16 por 100 de media. Los ajustes se extenderán a todos los capítulos y partidas presupuestarias.

Cambios en el marco fiscal

Los ingresos no financieros alcanzarán en 2011 los 106.020 millones de euros, una vez descontada la participación en la recaudación de las Administraciones territoriales.
El empuje que proporcionará la recuperación económica y el efecto positivo sobre la recaudación de las medidas normativas adoptadas por el Gobierno en los Presupuestos de 2010 y en mayo de este año serán los factores fundamentales que permitan que los ingresos continúen creciendo durante 2011.
Las medidas fiscales incluidas en el proyecto de Presupuestos para 2011, por el contrario, no tendrán una influencia significativa en la previsión de ingresos, pero contribuirán a una mejor distribución de las cargas tributarias y al cambio de modelo económico.
En sintonía con este principio, se aplica una subida moderada al tipo marginal máximo del tramo estatal del IRPF, de forma que los contribuyentes con bases liquidables generales superiores a 120.000 euros pasarán de tributar al 21,5 por 100 a hacerlo al 22,5 por 100, mientras que los que acrediten bases que superen los 175.000 euros lo harán al 23,5 por 100. También en el Impuesto sobre la Renta, se modifica la tributación de las retribuciones plurianuales, estableciéndose un límite máximo de rendimientos de 300.000 euros para poder beneficiarse de la reducción del 40 por 100; y se aprueba gravar determinadas percepciones de los socios de las SICAV para evitar el diferimiento en la tributación.
El Proyecto también incluye la eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual para los contribuyentes con bases imponibles iguales o superiores a 24.170,20 euros, así como la equiparación del tratamiento de este beneficio fiscal con la deducción por alquiler de vivienda. Además, se incrementa del 50 por 100 al 60 por 100 la reducción del rendimiento neto por arrendamiento de vivienda, y se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de aplicar la reducción del 100 por 100.
El Impuesto de Sociedades se reforma para permitir que las entidades de reducida dimensión que pierdan tal condición puedan seguir aplicándose el régimen especial para este tipo de empresas durante los tres ejercicios siguientes. Y para estas entidades, las operaciones societarias y las ampliaciones de capital que se realicen en 2011 y 2012 quedarán exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Fuente: la-moncloa.es

Novedad Normativa

Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.

Conference in Norway to Convene Experts for High-Level Event on Tax Havens, Development, Global Financial System



Task Force Logo

Conference in Norway to Convene Experts for High-Level Event on Tax Havens, Development, Global Financial System

Sept 28-29 Event in Bergen, Norway Brings Together Top State Officials, Policy Makers, Academics, NGOs
When: Sept 28-29, 2010
Venue: Radisson Blu Hotel Norge
Where: Bergen, Norway
Live Stream: Available Here
Conference Web-page: Here
Bergen, Norway-This week, high-level government officials, policymakers, NGO groups, and academics will convene in Bergen, Norway for the second annual Task Force on Financial Integrity and Economic Development conference.
Taking place on September 28 and 29, the Task Force conference will focus on global finance and economic development issues with the goal of developing recommendations for achieving greater transparency in the global financial system.

Some key conference speakers to note:
  • The Honorable José Rafael Espada, Vice President of Guatemala;
  • The Honorable Eva Joly, Member of the European Parliament, potential 2012 French presidential candidate;
  • Erik Solheim, Norwegian Minister of the Environment and International Development;
  • Luis Urrutia Corral, President of the Financial Action Task Force;
  • Gunnar Stølsvik, Norwegian Ministry of Fisheries and Coastal Affairs;
  • Dr. Léonce Ndikumana, African Development Bank;
  • Jack Blum, financial crimes expert.
Topics of Discussion include (but are not limited to):
  • Corruption in developing countries;
  • Money laundering;
  • Tax evasion, tax havens and secrecy jurisdictions;
  • Millennium Development Goals;
  • Capital flight;
  • The G-20 process of financial reform, anti-corruption and development initiatives;
  • Disclosure beneficial ownership;
  • Country-by-country reporting;
  • Automatic exchange of tax information between countries;
  • Trade mispricing.
Access to conference materials including:
  • Live web stream broadcast of conference speakers, panels, and break-out sessions;
  • Transcripts from keynote speakers;
  • Press releases, statements, tip sheets, blogs and tweets on conference proceedings;
  • Phone conferencing for one-on-one interviews with conference participants;
  • On-site Mult-Box, press credentialing, and reserved press seating with free wireless access.
 

Public comments received on the scoping of a new project on Transfer Pricing Aspects of Intangibles - 23/09/2010




Public comments received on the scoping of a new project on the Transfer Pricing Aspects of Intangibles

23/09/10 - On 2 July 2010, the OECD Committee on Fiscal Affairs released an invitation to comment on the scoping of a future project on the Transfer Pricing Aspects of Intangibles, to be carried out by Working Party No. 6 on the Taxation of Multinational Enterprises. The OECD has now published the comments received, Which can be viewed and downloaded on the OECD website. These comments will be discussed by the Working Party at its November 2010 meeting.


lunes, 20 de septiembre de 2010

Aprobadas las Normas de Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece las nuevas Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas y armoniza el contenido del Plan General de Contabilidad en materia de combinaciones de negocios con las normas internacionales de contabilidad que aplican los grupos cotizados en sus cuentas consolidadas.
La nueva normativa europea, recogida en los Reglamentos aprobados en junio de 2009, ha revisado la contabilidad de las operaciones de fusión o escisión empresariales y ha delimitado un nuevo alcance para las cuentas consolidadas, al tiempo que ha introducido modificaciones en los métodos que deben emplearse a la hora de elaborarlas.
El Real Decreto aprobado hoy culmina el proceso de reforma de las normas de elaboración y presentación de las cuentas anuales consolidadas que desarrolla el Código de Comercio, en sintonía con lo establecido en dichos reglamentos europeos; pero también armoniza el Plan General de Contabilidad español con el estándar internacional en lo referente a las operaciones de modificación estructural de las sociedades mercantiles.
El contenido del Real Decreto deberá aplicarse en las cuentas anuales (consolidadas e individuales) que se formulen en los tres primeros meses de 2011, correspondientes a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2010, con la finalidad de hacer coincidir esta reforma y la aprobada en la Unión Europea, sobre esta misma materia, para formular las cuentas anuales consolidadas de las sociedades cotizadas.

domingo, 5 de septiembre de 2010

La recaudación por actuaciones contra el fraude aumenta un 20%

El director de la Agencia Tributaria, Juan Manuel López-Carbajo, ha anunciado que en los últimos tres años se han enviado a los tribunales alrededor de 2.000 expedientes de delito fiscal por un importe total de 2.000 millones, con lo que la defraudación media por delito se sitúa en un millón de euros.
López-Carbajo indicó, en una entrevista, que cada año se han enviado a los jueces más de 600 expedientes por delito fiscal, que son aquellos fraudes que superan los 120.000 euros y que pueden conllevar penas de prisión de entre uno y cuatro años, así como una multa hasta seis veces superior a la cuantía defraudada.
López-Carbajo señaló que, a estos expedientes que cuentan ya con un propuesta de liquidación previa, hay que sumar las investigaciones que Hacienda envía a los tribunales en los que no está cuantificado el importe defraudado porque se remiten en una fase muy previa de la inspección fiscal, ya que están relacionados con tramas corruptas de gran envergadura, como los casos Malaya, Pretoria o Palau.

Las cuentas suizas

El director de la AEAT se refirió a la última operación llevada a cabo por Hacienda sobre los titulares españoles de 3.000 cuentas en la filial suiza del HSBC, y aseguró que, una vez terminada la primera fase del procedimiento de investigación -aprovechado por algunas de estas grandes fortunas para regularizar su situación con el fisco-, ahora se inicia la siguiente fase y de los casos que pueda derivarse delito fiscal, se remitirán a los tribunales.
"Si ha habido una regularización y no nos convence, pasaremos al fiscal los casos que creamos que todavía no se han regularizado bien y que están en un proceso de delito fiscal, como cualquier otro expediente, no se va a tratar de manera diferente", reiteró.
La Agencia Tributaria ha iniciado un procedimiento de inspección sobre los titulares de las 3.000 cuentas de la filial suiza del HSBC, a quienes ha citado a partir de este mes para realizar comprobaciones que podrían culminar con el envío a la jurisdicción penal por delito fiscal, después de que el pasado 30 de junio expirara el plazo que Hacienda les concedió para regularizar su situación con el fisco.
López-Carbajo aseguró que aún es pronto para saber qué porcentaje de los que han regularizado lo han hecho conforme a los criterios de la Agencia Tributaria y cuántos los que no han atendido el requerimiento de Hacienda o lo han hecho sólo parcialmente. "Lo que estamos haciendo es seguir con el plan previsto y adecuado a las características de la información. En la primera fase ha sido un requerimiento y en una segunda fase se han iniciado comprobaciones inspectoras y ya veremos qué resultan", añadió.
Por otro lado, en cuanto a la resolución del TEAC que anula las liquidaciones anuales de IVA entre 2006 y 2008 por la invalidez de la consideración del año natural como periodo de liquidación de este impuesto, en lugar de periodos trimestrales o mensuales, López-Carbajo afirmó que los expedientes y cuotas afectados que se están publicando en prensa son disparatados porque aproximadamente suponen todas las liquidaciones realizadas por la AEAT. "Preguntaremos al TEAC para que nos aclare algunos extremos de la resolución y actuaremos en consecuencia", apostilló.
Así, añadió que los casos realmente afectados son, como mucho, "una décima parte" de los que se han publicado, ya que del total de liquidaciones de IVA, sólo se recurre un 10% y de éstas, únicamente aproximadamente otro 10% son las que pueden estar pendientes.

Cifras "exageradas" de liquidaciones de IVA

"Las cuantías se exageran. Las cifras de más de 3.000 millones son totalmente exageradas y disparatadas", añadió el director de la agencia Tributaria, quien precisó que en tres años, desde 2006 a 2008, las liquidaciones de IVA que hace la Agencia en el ámbito de gestión, que es al que se refiere el TEAC, en términos totales no llegan, ni de lejos, a 5.000 millones.
No obstante, a pesar de rebajar la magnitud del problema y de no ofrecer cifras concretas, López-Carbajo admitió que a la Agencia "le va a costar trabajo" volver a realizar estas liquidaciones puestas en cuestión y tendrá que ajustar los procedimientos al nuevo sistema de liquidación mensual y trimestral impuesto por el TEAC, a pesar de que la liquidación anual en procedimientos masivos se lleva aplicando desde que existe el IVA, en 1986.

Se recauda un 20% más

Por otro lado, López-Carbajo concretó que la Agencia Tributaria ha incrementado la recaudación directa por actuaciones contra el fraude en más de un 20% hasta agosto, algo que, aseguró, "no es nada fácil" y exige un gran esfuerzo por parte de todos los empleados de la AEAT.
Asimismo, avanzó que el plan de prevención del fraude fiscal para 2011 seguirá poniendo el acento en el uso del dinero en efectivo, labor que ha permitido ingresar hasta junio de este año alrededor de 900 millones de euros, y recordó que la Agencia Tributaria se empezará a beneficiar de la información relativa a las operaciones de más de 3.000 euros que las entidades financieras están obligadas a recopilar desde este año.
Asimismo, el plan se empleará a fondo en el seguimiento del fraude del IVA intracomunitario, el uso de facturas falsas, el abuso de incentivos fiscales, de las estructuras fiduciarias y los paraísos fiscales. "También seguiremos investigando el sector inmobiliario", señaló también el director de la AEAT, quien explicó que, dada la menor actividad residencial, las labores de control también se verán reducidas.
De hecho, concretó que los recursos que se están dedicando en la actualidad a controlar el fraude en este sector suponen prácticamente la mitad que los que se destinaban en los años 2005 y 2006, cuando el 'ladrillo' llegó a acaparar hasta el 40% de los mismos.
En este punto, López-Carbajo se refirió a las peticiones de información sobre planeamientos urbanísticos remitidas a ayuntamientos de toda España de las que recientemente se hicieron eco los medios de comunicación.
Al respecto, explicó que estos son "normales" y entran dentro de la rutina de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), que tiene entre sus competencias labores de investigación centralizadas con las que obtiene información que posteriormente remite a las delegaciones especiales de la Agencia Tributaria.
Lo que no precisó López-Carbajo es a cuántos ayuntamientos se han remitido estas peticiones de información, aunque apuntó que sólo "en una pequeña parte" de los ayuntamientos se producen desarrollos urbanísticos y que, en todo caso, la Agencia Tributaria no puede controlar todos ellos.

Fraude en el IVA y tributación por módulos

Preguntado por si el último incremento del IVA hará que la Agencia Tributaria intensifique el seguimiento del fraude en este impuesto, López-Carbajo aseguró que los tipos del IVA siguen siendo de los más bajos de la UE y que, ante "tan moderada" subida, "no hay nunguna razón para pensar que vaya a aumentar de manera significativa la intención defraudar de las empresas". "No esperamos que haya ningún comportamiento especialmente defraudatorio, no tendría ningún sentido, pero estaremos atentos", apostilló.
Antes de cerrar este capítulo, avanzó que "se van cumpliendo las previsiones de recaudación por IVA", que ha aumentado hasta la fecha alrededor de un 40%, y pronosticó que esta situación se mantenga durante lo que queda de año. "No lanzamos las campanas al vuelo, pero las previsiones se van cumpliendo", añadió.
Por último, en relación al fraude en la tributación por módulos, López-Carbajo no apostó por eliminar este sistema, que de una u otra forma existe en la mayoría de los países, pero consideró que en algún momento convendría "revisarlo" para eliminar cualquier elemento que pueda facilitar el fraude.

Fuente: eleconomista.es